Ajuste al Estatuto Tributario de Cali busca evitar la evasión


30 Diciembre 2020   Redacción Webnoticias

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Ajuste al Estatuto Tributario de Cali busca evitar la evasión

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El concejal Milton Fabián Castrillón Rodríguez, coordinador ponente del proyecto de acuerdo 048 con el que se autorizaron los cambios al estatuto tributario local, explicó que "al ajustar el Estatuto Tributario de Cali, no estamos creando nuevos impuestos, ni estamos generando cargas impositivas a los contribuyentes, se está atemperando la herramienta a nuevas normas que permiten captar ingresos y fortaleciendo mecanismos de cobro para evitar la evasión y la elusión generando una cultura de pago”.

El edil expuso los cambios y ajustes propuestos a los tributos que ya existen y que se cobran en Cali:

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO.

Al Impuesto Predial Unificado, se propone una redacción para esclarecer el momento de exigibilidad en relación a la emisión de la Liquidación Oficial del respectivo Impuesto, estableciéndose que la misma deberá ser emitida una vez vencidos los plazos para el pago del Impuesto del Impuesto Predial, lo que permitirá que, en el mismo año gravable del impuesto predial, se profiera el acto administrativo de liquidación, estando en la línea con los diferentes pronunciamientos del Consejo de Estado.

“En la misma línea, permitirá una eficiencia en el cobro del impuesto predial, logrando un mayor recaudo con el menor tiempo, evitando en gran medida que opere la prescripción para el cobro del mismo, así como la caducidad y la pérdida de la competencia para proferir el acto administrativo de liquidación oficial”. 

ADOPCIÓN RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACION.

En relación al Régimen Simple de Tributación dentro de las múltiples disposiciones normativas establecidas en el marco del SIMPLE, se encuentra la obligación para los Municipios y Distritos del país de expedir, antes del 31 de diciembre de 2020, un régimen tarifario especial de Industria y Comercio que se aplica para los contribuyentes del impuesto que opten por integrarse al SIMPLE, el cual responde a unos grupos de actividades dispuestos en el artículo 66 de la Ley 2010 de 2019 y desarrollados en el Decreto Reglamentario 1091 de 2020.

“Con la adopción del mismo, el Distrito y la Dirección de Hacienda, da cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley 2010 de 2019, las cuales imponen una obligación legal para los entes territoriales del país, en relación con la obligación de adecuar la norma local para que sea concordante y permita la aplicación del SIMPLE, como política del Gobierno Nacional para impulsar la formalización y aumentar el recaudo tanto nacional como territorial”.

PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL

En relación a la propuesta planteada de unificar los rangos de metros cuadrados del impuesto de Publicidad Exterior Visual, se busca que el pago del impuesto sea proporcional al área en metros cuadrados de publicidad exterior visual, pero que a diferencia de lo establecido en el Decreto Extraordinario No. 411.0.20.0259 de 2015, se pueda exigir a las empresas con mayor poder adquisitivo y que generan una mayor contaminación visual, un cobro de impuesto al tope permitido por la ley.

“Así mismo, si desean una reducción en el impuesto, deberán disminuir notablemente los metros cuadrados de publicidad exterior visual, caso en el cual, se lograría fomentar la descontaminación visual y del paisaje”.

PLUSVALÍA.

Con las modificaciones propuestas en relación a la Plusvalía, frente a efectuar en un solo acto administrativo, la determinación del efecto, el cálculo del efecto y la liquidación de la participación de la Plusvalía, permitirá reducir aproximadamente en 350 días el cobro de la participación de la Plusvalía, y en gran medida evitará un detrimento patrimonial a las finanzas del Distrito.

COMPILACION ESTATUTO TRIBUTARIO

“En relación a la anterior propuesta, la misma se basó dado a que después del decreto extraordinario 0259 de 2015, se han expedido tres acuerdos modificatorios del Estatuto Tributario, por lo tanto, la facultad de compilación permitirá agrupar o recopilar en un solo texto, las disposiciones jurídicas relacionadas con el Estatuto Tributario Distrital, sin variar en nada su naturaleza y contendió normativo”.

“Con estas explicaciones se hace necesario adoptar los ajustes puesto que le dará al Distrito Especial mejores herramientas de cara al año 2021 y los años venideros”, sostuvo.


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