Cambió de horario restricción a la movilidad en la vía al mar


17 Agosto 2021   Redacción Webnoticias

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Cambió de horario restricción a la movilidad en la vía al mar

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Autoridades locales anunciaron el cambió de horario en el decreto que restringe la movilidad en la vía al mar, en el tramo comprendido entre el kilómetro 9 (sector Retén Forestal) y el límite político del Distrito Especial a la altura del kilómetro 18, una medida que comenzó a regir los días 7 y 8 de agosto, para vehículos particulares, motocarros y motocicletas, y que se aplicará los fines de semana (sábado y domingo), así como días festivos hasta el mes de noviembre.

"Nos permitimos informar que la restricción a la movilidad en este sector de la vía al mar sigue vigente. Sin embargo, debemos explicar que el horario cambió y será de 8:00 de la noche hasta las 3:00 de la mañana", detalló el secretario de Movilidad de Cali, William Vallejo.

El cambio de horario se dio luego de escuchar a la comunidad y al gremio de los restaurantes en una mesa de diálogo, el pasado miércoles (11.08.2021) en el kilómetro18, con la participación de representantes de las Secretarías de Movilidad y Seguridad y Justicia, la Alcaldía de Dagua y la Policía.

La medida estará regulada por el último número de la placa del vehículo y la restricción aplicará, exclusivamente, para el tránsito en el sentido vial desde Cali hacia el municipio de Dagua, Valle del Cauca.

"Con esta medida evitamos la aglomeración de vehículos motorizados en el kilómetro 18 y contribuimos al orden público y la movilidad del sector. Tendremos activados los puestos de control en compañía de nuestro cuerpo de agentes de tránsito, Policía y Ejército Nacional", puntualizó el secretario William Vallejo.

Con referencia a la secuencia rotativa, el decreto sostiene que los vehículos terminados en placas impares (1, 3, 5, 7 y 9), pueden movilizarse en esos horarios los días 22 y 29 de agosto, 5, 12 y 26 de septiembre, 3, 10, 17 y 23 de octubre y 7 de noviembre.

En el caso de los vehículos con último dígito de placa par (2, 4, 6, 8 y 0), podrán circular el 21 y 28 de agosto, 4, 11 y 25 de septiembre, 2, 9, 16, 18 y 24 de octubre y 6 de noviembre.

La medida funcionará de acuerdo al siguiente cronograma (podrán circular las placas cuyo último número sea):

Agosto 21: (2,4,6,8,0).

Agosto 22: (1,3,5,7,9).

Agosto 28: (2,4,6,8,0).

Agosto 29: (1,3,5,7,9).

Septiembre 4: (2,4,6,8,0).

Septiembre 5: (1,3,5,7,9).

Septiembre: (11 2,4,6,8,0).

Septiembre 12: (1,3,5,7,9).

Septiembre 18: (2,4,6,8,0).

Septiembre 19: (1,3,5,7,9).

Septiembre 25: (2,4,6,8,0).

Septiembre 26: (1,3,5,7,9).

Octubre 2: (2,4,6,8,0).

Octubre 3: (1,3,5,7,9).

Octubre 9: (2,4,6,8,0).

Octubre 10: (1,3,5,7,9).

Octubre 16: (2,4,6,8,0).

Octubre 17: (1,3,5,7,9).

Octubre 18: (2,4,6,8,0).

Octubre 23: (1,3,5,7,9).

Octubre 24: (2,4,6,8,0).

Octubre 30: (1,3,5,7,9).

Octubre 31: (2,4,6,8,0).

Noviembre 1: (1,3,5,7,9).

Noviembre 6: (2,4,6,8,0).

Noviembre 7: (1,3,5,7,9).


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