Colegios que no reporten a estudiantes extranjeros podrían ser sancionados


11 Septiembre 2018   Redacción Webnoticias

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Colegios que no reporten a estudiantes extranjeros podrían ser sancionados

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Aquellas instituciones educativas que no reporten a estudiantes extranjeros podrían ser sancionados, según la Resolución 1238 del 16 de mayo del 2018.

De acuerdo con lo que establece la norma, una persona jurídica que no haga este reporte da origen a sanciones económicas entre ocho y cuarenta salarios mínimos por cada estudiante.

En este sentido, toda persona natural o jurídica está en la obligación de hacer un reporte de los extranjeros que estén vinculados a colegios y entidades prestadoras de educación ante Migración Colombia.

El artículo 10 de esta Resolución establece que las instituciones deben hacer los reportes de estas personas, sin importar su condición migratoria, es decir, pueden hacer el registro sin que los extranjeros reciban sanciones cuando no cumplan con los requisitos de ley.

Los extranjeros que estén en permanencia irregular o no presenten la documentación pertinente, también deben reportarse ante la plataforma, sin que Migración Colombia inicie alguna acción sancionatoria en contra de la institución educativa.

Los reportes deben hacerse máximo dentro de los 30 días calendarios, una vez el estudiante se matricule o finalice su periodo académico.

Lo primero que debe hacer la institución educativa después de matricular un estudiante extranjero es subir el reporte a la plataforma www.migracioncolombia.gov.co y en el ícono SIRE, reporte de extranjeros, hacer clic izquierdo donde aparece un formulario que se debe diligenciar en su totalidad.


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