Implementan Pico y Cédula para regular el abastecimiento


02 Abril 2020   Redacción Webnoticias

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Implementan Pico y Cédula para regular el abastecimiento

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Desde el lunes 6 de abril se implementará el Pico y Cédula para regular el abastecimiento de los caleños, así como la presencia de personas en el espacio público, principalmente en los comercios, así como en establecimientos bancarios y financieros.

A través del Decreto 0767 del 2 de abril de 2020, el alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina, impartió órdenes e instrucciones para que los ciudadanos acaten la medida del aislamiento social, con el fin de prevenir el riesgo de contagio de coronavirus (COVID-19).

En este sentido, a partir del lunes las personas con cédulas terminadas en 1, 2, 3 podrán ir a los establecimientos a adquirir sus productos de consumo durante todo el día.

El Pico y Cédula del martes, según el Decreto, aplica para cédulas terminadas en 4, 5 y 6, mientras que el miércoles corresponde a los documentos cuyo último dígito sea 7,8 y 9. El jueves aplica para los números 0,1 y 2 y el viernes las cédulas terminadas en 3,4 y 5.

La medida, que también incluye los fines de semana, operará los sábados con los dígitos 6,7 y 8, y los domingos para las cédulas terminadas en 9 y 0.

Menos aglomeraciones

“La idea es que esta medida nos ayude a reducir el número de personas en la calle, facilite la eficacia de las autoridades institucionales y así podamos evitar las aglomeraciones, que son foco para la transmisión y propagación del Coronavirus”, sustentó el Secretario de Seguridad y Justicia Municipal, Carlos Alberto Rojas Cruz.

El incumplimiento de la normativa podrá acarrear a los infractores las sanciones previstas en la Ley 1801 de 2016, "tales como amonestación, multa, y demás aplicables, sin perjuicio de incurrir en las conductas punibles previstas en la Ley 599 de 2000", detalla el Decreto.

Las autoridades municipales reiteran que durante la aplicación del Pico y Cédula se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar para la adquisición de bienes de primera necesidad (alimentos, bebidas, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población) y para la utilización de servicios bancarios, financieros y operadores de pago.

Farmacias y droguerías

La medida no incluye en sus restricciones a farmacias y droguerías. Los establecimientos no podrán vender ningún producto a personas que estén por fuera de la norma.

Cifras entregadas por la Secretaría de Seguridad y Justicia Municipal indican que a la fecha, por el incumplimiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio decretada a raíz de la emergencia sanitaria por Covid-19, se han impuesto más de 1.200 comparendos.


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